CONGRESO DE LA REP脷BLICA
LEY N潞 32054
LA PRESIDENTA DE LA REP脷BLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REP脷BLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL C脫DIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, Y LA LEY 30424, LEY QUE REGULA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LAS PERSONAS JUR脥DICAS EN EL PROCESO PENAL, A FIN DE OPTIMIZAR LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y ESTABLECER MEDIDAS PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCI脫N EN LAS ORGANIZACIONES POL脥TICAS
Art铆culo 1. Modificaci贸n del art铆culo 105 del C贸digo Penal, Decreto Legislativo 635
Se modifica el art铆culo 105 ─incorporando los p谩rrafos cuarto y quinto─ del C贸digo Penal, Decreto Legislativo 635, en los siguientes t茅rminos:
“Art铆culo 105. Medidas aplicables a las personas jur铆dicas
Si el hecho punible fuere cometido en ejercicio de la actividad de cualquier persona jur铆dica o utilizando su organizaci贸n para favorecerlo o encubrirlo, el Juez deber谩 aplicar todas o algunas de las medidas siguientes:
[…]
El cambio de la raz贸n social, la personer铆a jur铆dica o la reorganizaci贸n societaria, no impedir谩 la aplicaci贸n de estas medidas.
Respecto de los partidos pol铆ticos no se aplica lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del primer p谩rrafo. A dichas organizaciones solo se aplica el r茅gimen sancionador en los supuestos previstos en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Pol铆ticas.
La responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos implicados en el il铆cito”.
Art铆culo 2. Modificaci贸n del art铆culo 5 de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jur铆dicas en el proceso penal
Se modifica el art铆culo 5 ─incorporando los p谩rrafos segundo y tercero─ de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jur铆dicas en el proceso penal, en los siguientes t茅rminos:
“Art铆culo 5. Medidas administrativas aplicables
El juez, a requerimiento del Ministerio P煤blico, impone, seg煤n corresponda, las siguientes medidas administrativas contra las personas jur铆dicas que resulten responsables de la comisi贸n de los delitos previstos en el art铆culo 1:
[…]
e. Disoluci贸n.
Respecto de los partidos pol铆ticos no se aplica lo dispuesto en los literales b), d) y e) del primer p谩rrafo. A dichas organizaciones solo se aplica el r茅gimen sancionador en los supuestos previstos en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Pol铆ticas.
La responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos implicados en el il铆cito”.
Comun铆quese a la se帽ora Presidenta de la Rep煤blica para su promulgaci贸n.
En Lima, a los diecis茅is d铆as del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la Rep煤blica
ARTURO ALEGR脥A GARC脥A
Primer Vicepresidente del Congreso de la Rep煤blica
A LA SE脩ORA PRESIDENTA DE LA REP脷BLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez d铆as del mes de junio del a帽o dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la Rep煤blica
GUSTAVO LINO ADRIANZ脡N OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
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