ABOGADO

EGRESADO DE LA UNIVERSIDAD SAN MARTIN DE PORRES. MAGISTER EN DERECHO EMPRESARIAL Y ESTUDIOS CULMINADOS DE DOCTORADO EN DERECHO.

CONFERENCISTA INTERNACIONAL

PROFESOR HONORARIO DEL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO - GUAYAQUIL ECUADOR

COMUNICADOR SOCIAL

CO CONDUCTOR Y PANELISTA DE PROGRAMAS JURIDICOS EN TELEVISION

ASESOR LEGAL

CONSULTORIAS Y PROSECUCION DE PROCESOS JUDICIALES EN AREAS COMERCIAL,CIVIL,PENAL, ADMINISTRATIVA Y TRIBUTARIA

DOCENTE UNIVERSITARIO

CATEDRATICO EN MATERIA JURIDICA EN DIVERSAS UNIVERSIDADES DE LA REGION PIURA

ANUNCIO1

sábado, 31 de agosto de 2024

🔴 AZ LEGAL: ASAMBLEA DE LA JUDECAP EN PIURA (Presidente Dr. Roger Melend...



❱❱❱ El Mg. ARTURO ZAPATA AVELLANEDA entrevista al Dr. ROGER MELENDREZ MORALES, PRESIDENTE DE LA JUDECAP y al Mg. HUMBERTO REYES CAYOTOPA con ocasión de la celebración de la Sesión Descentralizada de dicha institución en la ciudad de Piura el 31 de agosto 2024 a fin de evaluar las acciones de la Junta de Decanos a nivel nacional, proponiendo medidas de solución, los avances del proyecto de la LEY DEL ABOGADO y el rol de la JUDECAP en las Políticas de Estado en nuestro país. Deja tus comentarios y suscribete a nuestro canal en YouTube !!!. * Confiamos en que esta información sea de utilidad a Ud y/o a su empresa.






viernes, 30 de agosto de 2024

🔴 ONGD SALUD Y VIDA: BULLYING ESCOLAR (Abog. Kyreyna Herrera Machado y A...


🔴 ONGD SALUD Y VIDA: BULLYING ESCOLAR (Abog. Kyreyna Herrera Machado y Abog. Milthon Florian Lizana)
Video de la actividad realizada el jueves 29 de agosto 2024 en la I.E. NUEVO AMANECER CON DIOS con la charla sobre BUllying dirigida a docentes del plantel. Los expositores son la Dra Kyreyna Herrera Machado en el área de psicología y el Dr. Milthon Florian Lizana en el área Legal. Evento organizado por la ONGD SALUD Y VIDA con el apoyo de ONG RENACER 21 y el auspicio de AZTV y NUEVA ERA Magazine. Proyectando nuestra labor a la sociedad. Deja tus comentarios, suscribete al canal y comparte. Ayúdanos a difundir el conocimiento jurídico. Pronto más novedades.

martes, 20 de agosto de 2024

🔴 AZ LEGAL: LA HERENCIA Y LAS CLASES DE SUCESIONES (Abog. Oscar Andrade ...

El Mg. Arturo Zapata Avellaneda entrevista al Abog. Oscar Ricardo Andrade Suquilanda en la Provincia de Sullana y desarrollan los elementos del Derecho de Sucesiones para luego indicar las clases de la sucesiones de una persona natural al momento de su muerte y abordar a la Sucesión Testamentaria, el concepto de testamento y sus clasificación y finalmente referirse a la Sucesión Intestada, los órdenes sucesorios de la sucesión legal (herederos forzosos y herederos legales) y la sucesión del Estado. Deja tus comentarios, suscribete al canal y comparte. Para mayor contenido visita nuestro blog. Ayúdanos a difundir el conocimiento jurídico.

* Confiamos en que esta información sea de utilidad a Ud y/o a su empresa. De requerir asesoría legal sobre el tema no dude en contactarnos: Asesoría Legal AZ Abogados consultas previa cita al WhatsApp: 975566964

viernes, 16 de agosto de 2024

🔴 AZ LEGAL: AVANCES DE GESTION DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLAN...



❱❱❱ El Mg. Arturo Zapata entrevista al Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sullana, Mg. Humberto Reyes Cayotopa sobre los avances de su gestión en dicha institución gremial dialogando sobre las actividades realizadas para lograr la institucionalización del ICAS, los esfuerzos por lograr la descentralización, la próxima sesión de la JUDECAP en la Provincia de Piura para fines de agosto 2024, la situación actual del Club Unión, la I Feria del Libro y un Congreso por los 40 años del Código Civil. Deja tus comentarios y suscribete a nuestro canal en YouTube !!!.

A continuación damos cumplimiento con la publicación a Convocatoria a Asamblea General Ordinaria realizada por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (JUDECAP) para el día 31 de agosto 2024 en el Ilustre Colegio de Abogados de Piura a partir de las 10.00 am.





jueves, 15 de agosto de 2024

❱❱❱ AZ LEGAL: MODIFICACIONES SOBRE OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR (Abo...


❱❱❱ El MG. ARTURO ZAPATA AVELLANEDA entrevista al Abog. ANGEL ORTIZ AYOSA sobre el contenido e implicancias de la LEY Nº 31960 Ley que modifica el Texto Unico Ordenado del CÓDIGO PROCESAL Civil, y el Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo Nº 957, a fin de garantizar la prestación efectiva de la obligación a la asistencia familiar y de la Ley Nº 32029 que duplica el plazo de prescripción de la acción penal en delitos contra la omisión familiar. Siempre impulsando la difusión del conocimiento jurídico.

* Asesoría Legal AZ Abogados consultas previa cita al WhatsApp: 975566964


Ley Nº 32029

 

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

 

POR CUANTO:

 

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

 

Ha dado la Ley siguiente

 

LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, A FIN DE CONSIDERAR LA DUPLICACIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN EL DELITO DE OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR

 

Artículo único. Modificación del artículo 80 del Código Penal, Decreto Legislativo 635

 

Se modifica el párrafo cuarto del artículo 80 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, con el siguiente texto:

 

“Artículo 80. Plazos de prescripción de la acción penal

La acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativa de libertad.

 

En caso de concurso real de delitos, las acciones prescriben separadamente en el plazo señalado para cada uno.

 

En caso de concurso ideal de delitos, las acciones prescriben cuando haya transcurrido un plazo igual al máximo correspondiente al delito más grave. La prescripción no será mayor a veinte años. Tratándose de delitos sancionados con pena de cadena perpetua se extingue la acción penal a los treinta años. En los casos de delito de omisión de asistencia familiar, el plazo de prescripción se duplica.

 

En los delitos que merezcan otras penas, la acción prescribe a los dos años. En casos de delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos contra el patrimonio del Estado o de organismos sostenidos por este, o cometidos como integrante de organizaciones criminales, el plazo de prescripción se duplica”.

 

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

 

En Lima, a los seis días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.

 

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

 

ARTURO ALEGRÍA GARCÍA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

 

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

 

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.

 

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

 

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros



viernes, 9 de agosto de 2024

🔴 AZ LEGAL: DERECHO & EMPRESA (Abg. Daniel Flores Arroyo)


El Mg. Arturo Zapata Avellaneda dialoga junto al Abog. Daniel Flores Arroyo sobre el derecho a la libertad de empresa en el país surgido a partir de la pandemia, Asimsmo, analizan los modelos societarios que pueden elegir según el ordenamiento jurídico nacional y el procedimiento y las ventajas de la formalización de las empresas. Deja tus comentarios, suscribete al canal y comparte. Ayúdanos a difundir el conocimiento jurídico. * Asesoría Legal AZ Abogados consultas previa cita al WhatsApp: 975566964

lunes, 5 de agosto de 2024

🔴 AZ LEGAL. Ley 32054: Responsabilidad de las personas jurídicas polític...


El Mg. Arturo Zapata Avellaneda entrevista al Abog.Angel Ortíz Ayosa sobre los alcances de la Ley Nº 32054, Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, y la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal, a fin de optimizar la democracia representativa y establecer medidas para la lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas ⚖️👏 Deja tus comentarios, suscribete al canal y comparte. Ayúdanos a difundir el conocimiento jurídico. * Confiamos en que esta información sea de utilidad a Ud y/o a su empresa.

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY Nº 32054

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, Y LA LEY 30424, LEY QUE REGULA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL PROCESO PENAL, A FIN DE OPTIMIZAR LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y ESTABLECER MEDIDAS PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS

Artículo 1. Modificación del artículo 105 del Código Penal, Decreto Legislativo 635

Se modifica el artículo 105 ─incorporando los párrafos cuarto y quinto─ del Código Penal, Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos:

Artículo 105. Medidas aplicables a las personas jurídicas

Si el hecho punible fuere cometido en ejercicio de la actividad de cualquier persona jurídica o utilizando su organización para favorecerlo o encubrirlo, el Juez deberá aplicar todas o algunas de las medidas siguientes:

[…]

El cambio de la razón social, la personería jurídica o la reorganización societaria, no impedirá la aplicación de estas medidas.

Respecto de los partidos políticos no se aplica lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del primer párrafo. A dichas organizaciones solo se aplica el régimen sancionador en los supuestos previstos en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

La responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos implicados en el ilícito”.

Artículo 2. Modificación del artículo 5 de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal

Se modifica el artículo 5 ─incorporando los párrafos segundo y tercero─ de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal, en los siguientes términos:

Artículo 5. Medidas administrativas aplicables

El juez, a requerimiento del Ministerio Público, impone, según corresponda, las siguientes medidas administrativas contra las personas jurídicas que resulten responsables de la comisión de los delitos previstos en el artículo 1:

[…]

e. Disolución.

Respecto de los partidos políticos no se aplica lo dispuesto en los literales b), d) y e) del primer párrafo. A dichas organizaciones solo se aplica el régimen sancionador en los supuestos previstos en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

La responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos implicados en el ilícito”.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.

ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República

ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros


viernes, 2 de agosto de 2024

🔴 CONSULTORIO JURIDICO: REGIMEN DE VISITAS DE MENORES (Abog. Blanca Rufa...



El Mg. Arturo Zapata Avellaneda entrevista a la Abog. Blanca Rufasto Lozada analizando esta institución jurídica relacionada con el Derecho de Familia analizando las instituciones a las cuales se solicita el Régimen de visitas del menor, sus requisitos y modalidades de acuerdo a la legislación vigente. Déjanos tus comentarios y suscribete al Canal. * Confiamos en que esta información sea de utilidad a Ud y/o a su empresa. De requerir asesoría legal sobre el tema no dude en contactarnos: Asesoría Legal AZ Abogados consultas previa cita al WhatsApp: 975566964



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