🔴 El Mg. Arturo Zapata Avellaneda desarrolla una de las modalidades de la contratación pública contenida en la Ley Nº 32069 Nueva Ley de contrataciones públicas y su Reglamento. Se consideran contratos menores a aquellos celebrados por las entidades contratantes cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes al momento de la contratación, y que no requieren procedimientos de selección para su contratación. Los contratos menores se encuentran sujetos a la supervisión del OECE.
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lunes, 26 de enero de 2026
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