HACIA UN CONCEPTO OPERATIVO DEL DERECHO
Por: Mg. Arturo Zapata Avellaneda
Asesor Legal, Docente Universitario y Conferencista Internacional
No existe un concepto unívoco de Derecho. No podría existir una única definición al respecto, pues el Derecho es entendido de maneras distintas en diferentes partes de nuestro planeta. Inclusive dentro de la doctrina jurídica no hay una conceptualización que cubra todos los aspectos que el Derecho contiene.
Iniciaremos señalando que el Derecho es una ciencia creada por el ser humano. No soy partidario de la posición que refiere la Teoría del Derecho Natural en el sentido que el Derecho es una ciencia descubierta por el Hombre porque el Derecho no existió desde que el hombre como tal apareció sobre la faz de la Tierra sino que fue creado en el desarrollo de sus relaciones sociales.
Entendemos que el medio del cual se sirve el Derecho para lograr su finalidad que es la paz social, es a través de un conjunto de normas que regula la conducta humana intersubjetiva dentro de la sociedad, en ese principio jurídico cuyo objetivo es regular la conducta de los sujetos de derecho, en sociedad. Sin embargo, debe tenerse presente, que se entiende a la persona humana como Sujeto de Derecho desde dos puntos de vista:
a. Desde el punto de vista INDIVIDUAL referido a su existencia generando derechos personales (derecho a la vida, al honor, a la integridad física, al honor y otros inherentes al ser humano); y,
b. Desde el punto de vista de SOCIAL referido a su co-existencia con otros sujetos de derecho (generando derechos comunitarios) originándose de esta manera diferentes relaciones jurídicas.
Se advierte que, al no existir un concepto unívoco de Derecho, pues éste ha sido entendido de diversas formas a través del tiempo y no tiene el mismo significado en todos los lugares, su definición a sido dejada a la doctrina, razón por la cual pueden coexistir distintas maneras de entender al Derecho y a la Ciencia Jurídica.
Asimismo, el Derecho puede entenderse también de diferentes maneras, como por ejemplo:
- Derecho Objetivo. Está constituido por el conjunto de normas jurídicas de Derecho positivo (que es el derecho escrito y vigente). Ej: las normas sobre familia, derecho de sucesiones, derechos reales, normas tributarias o penales, etc.
- Derecho Subjetivo. Constituido por el conjunto de libertades, facultades o prerrogativas que otorga el derecho positivo al sujeto de derecho. Ej: demandar o no alimentos o el divorcio, cobrar una deuda o condonarla, realizar una transacción para evitar un juicio o finalizarlo, etc.
En conclusión, entiendo por Derecho a aquella ciencia social que se vale de un conjunto de normas, jurisprudencia, doctrina y principios jurídicos que regulan las conductas de los sujetos de derecho (individuales o colectivos), en sociedad a fin de lograr la paz social.
A continuación un breve video ilustrativo sobre el concepto de Derecho:
https://www.youtube.com/watch?v=uCdB3JLKO4s
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