El Mg. Arturo Zapata Avellaneda entrevista a la Abog. BLANCA RUFASTO LOZADA sobre las UNIONES DE HECHO EN EL PERU, analizando el concepto. requisitos y consecuencias legales que regulan esta instituciĂłn en el artĂculo 326 del CĂłdigo Civil. Asimismo, se analiza sus consecuencias jurĂdicas, las caracterĂsticas y las formas de reconocimiento en el ĂĄmbito judicial y notarial. Deja tus comentarios, suscribete al canal y comparte. AyĂşdanos a difundir el conocimiento jurĂdico.
martes, 13 de febrero de 2024
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